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Procedimiento de aprobación del calendario fiscal (AT-003)

Centro gestor:

Administración Tributaria

Objeto:

Distribuir a lo largo del ejercicio los ingresos que constituyen la imposición autonómica de carácter periódico y facilitar a los contribuyentes planificar fiscalmente sus pagos en el mismo ejercicio y el cumpliento de sus obligaciones fiscales.

Solicitante | Destinatario:

Contribuyentes por deudas de vencimiento periódico

Forma de inicio:

De oficio

Autoridad que resuelve:

Alcalde, Concejal delegado o Junta de gobierno por delegación

Plazo de resolución y/o notificación

Antes del treinta y uno de diciembre de cada año para el establecer los plazos del ejercicio siguiente.

Efectos del silencio administrativo:

Desestimatorio

Recursos:

ver recursos

Recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto cuya revisión se solicita en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución.Previo al contencioso-administrativo.

Normativa:

ver normativa

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria artículo 102(B.O.E. núm 302 de 18 de Diciembre de 2003).

1 de Octubre de 2019
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